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DECRETO 02/17 DE LA LIGA DE BÉISBOL CARCELARIA

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Rodrigo Pereyra

Rodrigo Pereyra
Presidente de la República
Presidente de la República

DECRETO 02/17 DE LA LIGA DE BÉISBOL CARCELARIA Encabezadofz

Con el principal objetivo de mejorar el sistema de rehabilitación de los presidiarios el M.E.T.M.A.D. decreta:

Art.1: Creese dependiente del ministerio y de la F.A.B. (Federación Antillana de Béisbol) una liga presidiaria como existen las actuales ligas profesionales o amateurs.

Art.2: Esta liga tendrá por equipos las instituciones penitenciarias que se inscriban.

Art.3: podrán haber ligas femeninas y masculinas así como de menores y mayores.

Art.4: El ministerio del interior en conjunto con el ministerio de Educación Turismo Medio Ambiente y Deporte serán los encargados de administrar y admitir los ingresos de los equipos y las fechas de los torneos.

Art.5: Toda la regulación deportiva queda como de costumbre remitida al Ministerio de Educación Turismo Medio Ambiente y Deporte.

Disposición transitoria:

Art.6: Construyase un estadio con capacidad para 500 personas en cada departamento y con las medidas de seguridad requeridas.

Disposición Final:

El siguiente decreto entra en vigor a partir del 15 de enero de 2017.


Públiquese, anunciese e informece a quienes sea competente.

DECRETO 02/17 DE LA LIGA DE BÉISBOL CARCELARIA Ggggggggggggggggggggg

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