DECRETO 21/DE INVERSIÓN EN INFRAESTRUCTURA FERROVIARIA
Considerando:
que es importante facilitar la comunicación entre los distintos puntos del país, y que ésta sea de tanta calidad como sea posible, el Ministerio de Desarrollo junto al Excmo. Presidente de la República decreta:
Artículo 1: Dispóngase un equipo de inspectores e ingenieron especializados para inspeccionar el sistema ferroviario antillano.
Artículo 2: Realícense todas las modificaciones y reparaciones que se estiemn necesarias dentro del presupuesto del proyecto.
Artículo 3: Dicho presupuesto es de C$12.653.301.
Artículo 4: El presente decreto entra en vigor tras su publciación en la Gaceta Oficial.
Infórmese, sanciónese y cúmpalseÁlvaro Támara
Ministro de Desarrollo
Rodrigo Pereyra
Presidente de la República
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